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Comunicado 12 -2026
13 de agosto

Construyendo en conjunto un gran ciclo lectivo:
Claves normativas para el éxito de nuestros cursos

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Querida comunidad de la Facultad de Ciencias Sociales:

Les extendemos un afectuoso saludo en el marco de este inicio de ciclo lectivo 2026. Emprender una nueva jornada académica nos llena de entusiasmo y nos brinda la oportunidad de seguir construyendo un espacio de aprendizaje de excelencia, basado en el diálogo, el respeto y la transparencia

Para que esta experiencia sea óptima y fluida para todas y todos, es fundamental que iniciemos con claridad sobre las bases que guían nuestras dinámicas académicas. Por ello, les compartimos los aspectos esenciales que dispone el Reglamento de Régimen Académico Estudiantil (RRAE) para garantizar el desarrollo armonioso de nuestros cursos:

 1. El programa del curso como compromiso oficial
El programa constituye el contrato que el cuerpo docente y, por extensión, la Universidad de Costa Rica, firman con el estudiantado; por lo tanto, debe ser cumplido a cabalidad por ambas partes. Todo curso impartido en la Universidad de Costa Rica cuenta con un programa que debe incluir: Descripción; objetivos; contenidos; metodología; número de créditos; horas lectivas; horario de atención al estudiantado; normas de evaluación con su respectivo desglose e; indicación si el curso es de asistencia obligatoria (debidamente aprobado por la Vicerrectoría de Docencia).

2. Modificaciones a las normas de evaluación
Las normas de evaluación deben aplicarse tal como fueron formuladas en el programa y aprobadas previamente por las instancias respectivas de la unidad académica. Una vez presentadas al grupo de estudiantes, la persona docente solo podrá modificarlas bajo las siguientes condiciones:

  • Contar con el consentimiento de la mayoría absoluta (más del 50% de los votos) del estudiantado matriculado en ese grupo.

  • Llegar al acuerdo con al menos una semana de antelación a la fecha de la evaluación.

  • Comunicar formalmente el cambio a la Dirección de la unidad académica, a más tardar una semana después de haberse aprobado la modificación.

3. Plazo de entrega de calificaciones
El personal docente debe entregar a sus estudiantes las evaluaciones calificadas en un plazo máximo de diez días hábiles posteriores a su realización.

4. Procedimiento para aclaraciones y recursos de impugnación
Cuando una persona estudiante considere que la calificación recibida no se ajusta a los criterios de evaluación, podrá proceder de la siguiente manera:

  1. Aclaraciones y adiciones operativas: Solicitar de forma oral aclaraciones o adiciones en un plazo no mayor a tres días hábiles tras la entrega. La persona docente dispondrá de tres días hábiles para responder por escrito, contados a partir del día hábil siguiente a la consulta.

  2. Recurso de revocatoria: Presentar este recurso por escrito en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la devolución de la prueba. Si se optó primero por la vía de aclaración (la cual es opcional), los cinco días hábiles contarán a partir de la recepción de dicha respuesta. El recurso de revocatoria se dirige a la persona docente, pero debe entregarse en la secretaría de la unidad académica. La Dirección coordinará para que la persona docente lo resuelva en un plazo máximo de cinco días hábiles tras su recepción en la oficina.

  3. Recurso de apelación: Si la revocatoria es denegada o no se responde en el plazo de cinco días hábiles, el estudiante podrá interponer un recurso de apelación. Este debe presentarse por escrito y de forma razonada ante la unidad académica a la cual pertenece el curso, en un plazo no mayor a cinco días hábiles posteriores a la respuesta (o al vencimiento del plazo si esta no se dio), enviando copia al Centro de Asesoría Estudiantil (CASE) del área correspondiente.

Tómese en cuenta que: Si el recurso de revocatoria no es atendido en el plazo establecido, la Dirección de la unidad académica deberá iniciar el proceso disciplinario correspondiente en contra de la persona docente.

Trámite de la apelación en la Unidad Académica:

  • La Dirección enviará el recurso a la Comisión de Evaluación y Orientación de su unidad académica en un plazo máximo de tres días hábiles.

Tómese en cuenta que: Si el recurso de apelación no se tramita en el plazo establecido, la Decanatura de la Facultad iniciará el proceso disciplinario respectivo en contra de la Dirección de la unidad académica.

  • La Comisión rendirá un informe en un plazo máximo de quince días hábiles. Para ello, podrá otorgar audiencia al estudiante y al docente, o bien solicitar el criterio de expertos en la materia.

  • La Dirección emitirá la resolución final, escrita y razonada, a más tardar quince días hábiles después de haber recibido el informe de la Comisión.

5. Pérdida de evaluaciones
La pérdida comprobada por parte de la persona docente de cualquier prueba o documento sujeto a evaluación otorga al estudiante el derecho a recibir una nota equivalente al promedio de las demás calificaciones obtenidas en el curso. No obstante, la persona estudiante podrá solicitar la repetición de la prueba, si lo estima necesario.

6. Fechas de exámenes finales
Salvo autorización expresa de la dirección de la respectiva unidad académica, los exámenes finales deben realizarse en las fechas establecidas en el calendario universitario (30 de noviembre al 5 de diciembre de 2026). El incumplimiento de esta disposición puede acarrear acciones disciplinarias en contra de las personas docentes o bien, la interposición de recursos por parte de las personas estudiantes.

El cumplimiento de lo establecido en el programa del curso, así como de las condiciones y plazos comentados, garantiza un desarrollo académico óptimo y cordial. Asimismo, estudiantes, docentes y autoridades debemos propiciar un ambiente de respeto mutuo en nuestras respectivas unidades académicas, asegurando un entorno donde todas y todos podamos crecer profesional y personalmente.

¡Les deseamos un ciclo lectivo sumamente provechoso y lleno de éxitos!

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