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Comunicado 10

31 de marzo de 2020

 

Hoy martes 31 de marzo, la Dra. Marlen León Guzmán, Vicerrectora de Docencia, nos conversó vía teleconferencia, sobre la evaluación de los aprendizajes. Señaló que la virtualización repentina que hemos adoptado en los cursos, ha llevado a algunas personas docentes a modificar los términos de la evaluación inicialmente informados a las unidades académicas. Por ello nos insistió en la necesidad de aplicar el artículo 17 del Reglamento de Régimen Académico Estudiantil que dispone lo siguiente:


"ARTÍCULO 17. Las normas de evaluación incluidos en el programa del curso, siempre que no se opongan a este Reglamento, una vez conocidas por los estudiantes, pueden ser variadas por el profesor con el consentimiento de la mayoría absoluta (más del 50% de los votos) de los estudiantes matriculados en el curso y grupo respectivo. Para proceder a este cambio el profesor debe proponerlo a los estudiantes al menos con una semana de antelación a la realización de la evaluación y comunicarlo al director de la unidad académica a más tardar una semana después.”


Las personas docentes deben redefinir los términos de la evaluación de aprendizajes de acuerdo con las condiciones imperantes por la emergencia nacional. Luego, someterlas a consideración de su estudiantado.  Para que estos nuevos términos entren a regir, se debe contar con la aceptación de la mayoría de los estudiantes matriculados (mitad más fracción). El consentimiento debe constar por escrito. Una vez registrada y documentada la acción, debe ser enviada a la dirección de la Unidad Académica, haciendo referencia a la forma seguida en el proceso de modificación mencionado, así como en el contenido de la evaluación variada.


Se insistió en que las condiciones y características de cada una de las actividades evaluables de los cursos deben quedar bien establecidas, incluyendo la fecha última en que serán recibidas y el medio de envío (correo o mediación virtual), entre otros elementos de la rúbrica.


Ciertamente es importante dejar advertidas unas calidades mínimas de trabajo. No obstante, la flexibilización, el contacto permanente y el conocimiento del grupo deben imperar. En aquellos casos de estudiantes que tengan condiciones limitadas de comunicación, se deberá proponérseles acciones remediales o incluso, opciones extremas como la Interrupción del curso (IT) o el Incompleto (IC).


Dra. Isabel Avendaño Flores, Decana

 
 
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